Pensión Bienestar: Estos adultos mayores no recibirán su pago en julio

A pesar de que el pago de este programa es un derecho, la Secretaría del Bienestar puede dar de baja a algunos beneficiarios si incumplen lineamientos

Por: Jesús Álvarez

La Pensión Bienestar se ha convertido en uno de los programas más importantes a nivel nacional, esto debido a que no solo da un pago bimestral a los beneficiarios, sino que da acceso a diferentes beneficios que buscan mejorar la calidad de vida de todos los inscritos. Sin embargo; algunos adultos mayores inscritos pueden ser dados de baja y no recibir su pago correspondiente.

Este programa entrega a los beneficiarios un monto bimestral de 6 mil 200 pesos, dinero que se deposita de manera directa a la tarjeta del Bienestar. A pesar de que este pago es un derecho, algunos beneficiarios pueden perder el pago si se incumple alguna de las reglas señaladas por las autoridades de la Pensión Bienestar. Por lo que, para el siguiente pago de julio, es posible que algunos inscritos no perciban su monto bimestral.

ADULTOS MAYORES QUE NO RECIBIRÁN SU PAGO DE JULIO DE PENSIÓN BIENESTAR

El próximo pago de la Pensión Bienestar llegará en el mes de julio, este monto es de 6 mil 200 pesos y es importante señalar que algunos adultos mayores podrán no recibir el pago correspondiente. Esto se podría deber a alguna de las siguientes faltas y que se deben de tomar en cuenta en caso de no recibir el monto correspondiente, las causas de baja de este programa son:

  • Duplicidad de registro con cobro indebido: Cuando se comprueba que una persona está inscrita dos veces y ha realizado cobros de forma indebida.
  • Inconsistencias no corregidas por varios bimestres: Si un problema (como inconsistencias de identificación, medio de pago, o no localización) persiste por al menos dos bimestres consecutivos.
  • Residencia en el extranjero: La Pensión Bienestar está dirigida a personas que residen en la República Mexicana. Si se comprueba que el beneficiario ha cambiado su domicilio fuera del país, pierde el derecho al apoyo.
  • Fallecimiento del beneficiario: Cuando se confirma el deceso del adulto mayor, ya sea por reporte de los familiares o por información de RENAPO o el Registro Civil.
  • Baja voluntaria: El beneficiario puede solicitar su baja del programa en cualquier momento, presentando un escrito libre con su firma o huella, nombre, folio y el motivo de la baja en los Módulos de Atención.