Ocupar casas ilegalmente en Edomex ya es considerado delito grave; conoce las consecuencias

Las sanciones van desde multas económicas y hasta años en prisión, además de que los delincuentes no contarán con la oportunidad del pago de fianza

Por: Jesús Álvarez

Ocupar casas ilegalmente en Edomex se ha convertido en una situación complicada, tras el caso de doña Carlota; las autoridades de la Entidad decidieron realizar reformas en el Código Penal. Esto tiene como objetivo luchar contra este delito y que las personas que decidan ocupar casas ilegalmente se enfrenten a sanciones más importantes para evitar este delito.

Las modificaciones correspondientes fueron avaladas el 26 de junio y a partir de este 16 de julio de 2025; las personas que incurran en el delito de ocupación ilegal de inmuebles serán acreedores de sanciones que van desde multas económicas hasta cumplir más de 5 años de prisión; además de no tener la posibilidad de acceder a una fianza.

SANCIONES POR OCUPAR CASAS ILEGALMENTE EN EDOMEX

Desde este 16 de julio, las autoridades han señalado que ocupar casas ilegalmente en el Edomex será considerado un delito grave. Esto llevará a castigos con penas más severas y las autoridades de la Entidad se encontrarán obligadas a responder con plazos más cortos a las demandas de los dueños legítimos. Al ser un delito grave; los detenidos por este crimen no podrán salir libres mediante fianza; teniendo que esperar en prisión.

La ley vigente ha señalado que las personas que incurran en ocupar casas ilegalmente en la Entidad se les impondrá de cinco a diez años de prisión y de setecientos a mil días multa. Esto serán calculado según el nivel de los ingresos de la persona sentenciada; sin embargo, la pena puede aumentar de siete a doce años de prisión y de setecientos a mil días multa para los autores intelectuales.

AGRAVANTES QUE PUEDEN ELEVAR LAS PENAS

La nueva reforma para combatir este delito también contempla agravantes que pueden elevar las sanciones hasta en una mitad más en caso de utilizar medios violentos o se hayan aprovechado de circunstancias particulares como son:

  • Violencia física o moral.
  • Rompimiento de cerraduras o forzado de puertas.
  • Engaño o abuso de confianza.
  • Si la víctima es menor de edad, persona mayor de 60 años, embarazada, con discapacidad o perteneciente a pueblos indígenas.
  • Uso de documentos falsos o suplantación de identidad.
  • Participación de notarías públicas o funcionarios estatales o municipales.